lunes, 8 de julio de 2013

CCS IV




Nasciturus


Artículo 74 inc. 1° Código Civil: La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre.
Existen dos teorías para explicar la separación completa de la madre (viabilidad y vitalidad), pero por ahora no entraremos a detallarlas.
Está claro que uno de los temas más comentados la semana pasada fue la violación reiterada de un padrastro a una niña de 11 años y que produjo un embarazo no deseado. Lo anterior reflota varias discusiones y debates que parecen sanos que se manifiesten.
En un primer término encontramos a una niña, porque eso es lo que es, que sin duda se encontraba desprotegida, sin un cuidado manifiesto de la madre, con un padre desaparecido y a merced de la pareja de su progenitora, a la cual le fue robada su inocencia por constantes abusos, violentada de tal manera que queda de manifiesto la pérdida de voluntad para recurrir a alguien que pudiese salvarla de tales situaciones. La pregunta entonces es ¿Cuál es el verdadero impacto qué puede llegar a tener en nuestra sociedad la tamaña brutalidad acontecida? ¿Estaremos realmente conscientes del tremendo daño que se le ha producido a una niña? A simple vista pareciera lógico que nos sintamos consternados, sin embargo, la discusión derivó y actualmente se centra en el posible aborto de ella, dejando un poco de lado las brutales agresiones reiteradas sufridas. Digamos que de 10 reclamos pro y contra el aborto, se escuchaba uno que se preguntaba en que y como se podría ayudar a la víctima.
Sumar a lo anterior, las declaraciones de la madre de la niña, que colegían una defensa cerrada al violador (actual pareja) con excusas como:
-      Ella ya no es tan niña, tuvo pololo (pareja) antes, infiriendo de alguna manera que ya había tenido sexo.

-      Lo de ellos era una relación consentida (una niña violada desde los 9 años, prestando su consentimiento para el acto sexual, antes de esto no cabía en la mente de nadie).
Justamente a través de estas declaraciones nos damos cuenta que la víctima se encontraba totalmente desprotegida. Pero no nos detengamos sólo en esto, a saber y aunque usted no lo crea, se escucharon – leyeron todo tipo de comentarios tales como: “Si ya está menstruando debe saber lo que hace, ya es grandecita, si fue durante dos años quizás si se prestaba para eso, quizás con cuántos se metió antes, pero ya sabía lo que hacía”; lo cual nos demuestra cuanta basura tenemos en el cerebro a raíz de una serie de lugares comunes machistas, que intentan exculpar de una u otra manera a un hombre, por el sólo hecho de creer que es superior a una mujer.
Sin duda el asunto no quedó sólo en la violación ya comentada, trajo consigo un debate que como se señalaba al comienzo abre la puerta a discutir el fondo de un tema que para ciertos sectores es tabú, el aborto.
El aborto, para este caso, no es ni más ni menos que la interrupción voluntaria del embarazo de una mujer (parece obvio que es de una mujer, pero quisiera recalcar ese hecho).
Desde un punto de vista legal, hasta 1989 nuestro país contaba con la posibilidad de llevar a cabo un aborto terapéutico (artículo 118 Código Sanitario), el cual es el que se practica con el objeto de dar término a la vida del feto para resguardar la salud de la madre, partimos señalando su definición para no caer en errores. Ese año y guiados por lo señalado en la Constitución Política de la República se modificó la normativa.
Artículo 19 n° 1 inc. segundo CPR: La ley protege la vida del que está por nacer (refrendado textual en la primera parte del artículo 75 del Código Civil).
        Dentro de la doctrina se tiende a distinguir en cuatro grandes grupos la interrupción voluntaria del embarazo:

-      Aborto terapéutico.
-      Aborto por malformación del feto (que harían inviable su posterior vida)
-      Aborto en los casos de violación (sumando el terapéutico, malformación del feto y en algunos casos el incesto).
-      Aborto (sin apellidos).
Como ya ha sido largamente comentado, Chile es uno de los 7 países en el mundo en que su legislación prohíbe en todo evento la interrupción voluntaria del embarazo (El Salvador, República Dominicana, Honduras, Surinam, Nicaragua y Malta). Sin embargo la gran mayoría acepta el aborto terapéutico (189 países según la OMS) y un porcentaje cercano al 40% de la población femenina mundial tiene la posibilidad de interrumpir voluntariamente su embarazo de manera legal, cumpliendo ciertos requisitos, dentro de los cuales el de mayor importancia es el del periodo de gestación, consideración que es de sumo relevancia para una gran mayoría, para considerar persona y por ende estar en un plano de igualdad el feto y a su madre y al resto de los componentes de la sociedad; este periodo varía entre 12 a 14 semanas, en que según variados estudios, pasado ese plazo el feto tendría un desarrollo suficiente para ser considerado un ser celular complejo que permitiría desarrollarse a posterior como un ser humano.
A modo de ver legislación comparada que pueda acercarse con nuestra realidad es destacable el caso de España, que en virtud de la ley 2/2010 regula en profundidad la interrupción del embarazo y del que rescatamos los requisitos (comunes) para un aborto (artículo 13):
Son requisitos necesarios de la interrupción voluntaria del embarazo:

Primero.–Que se practique por un médico especialista o bajo su dirección.

Segundo.–Que se lleve a cabo en centro sanitario público o privado acreditado.

Tercero.–Que se realice con el consentimiento expreso y por escrito de la mujer embarazada o, en su caso, del representante legal…
 Cuarto.–En el caso de las mujeres de 16 y 17 años, el consentimiento para la interrupción voluntaria del embarazo les corresponde exclusivamente a ellas de acuerdo con el régimen general aplicable a las mujeres mayores de edad.

Al menos uno de los representantes legales, padre o madre, personas con patria potestad o tutores de las mujeres comprendidas en esas edades deberá ser informado de la decisión de la mujer.

Se prescindirá de esta información cuando la menor alegue fundadamente que esto le provocará un conflicto grave, manifestado en el peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situación de desarraigo o desamparo.

Visto de una manera sucinta el tema jurídico, se deben tener en cuenta las consideraciones morales y normas que impone la religión. Para ciertos sectores de nuestra comunidad el feto goza de igualdad de derechos con respecto a la vida de la madre y por ende no consienten de modo alguno con la posibilidad de interrumpir voluntariamente el embarazo y lo que es peor, ni siquiera se abren a debatir el tema, transformando el asunto en un dogma. Por otra parte encontramos a otra sección de la sociedad buscando que el ordenamiento jurídico no decida por las mujeres si tener o no ese hijo. Posturas totalmente contrapuestas tendrán gran dificultad en lograr un acuerdo que represente a la sociedad en su conjunto.
Dentro de esta discusión es lógico tener en cuenta los siguientes aspectos:

-      Que una ley autorice la interrupción voluntaria del embarazo sólo significa que la mujer (ya sea en ciertas circunstancias, con ciertos requisitos y dentro de un determinado periodo de tiempo) tenga la posibilidad de elegir abortar.

-      Según el Ministerio de Salud 873 niñas menores de 14 años fueron madres el año pasado.

-      No se pueden tener datos exactos de los abortos realizados en el país, en condiciones de clandestinidad y posiblemente insalubres, pero es una realidad que no se puede dejar de tener en cuenta.

-      Cualquier norma que regule la interrupción voluntaria del embarazo debe asegurar el igual acceso de toda mujer, no importando su condición social, como así mismo, las necesarias medidas de contención y ayuda sicológica.

En el mes de marzo del año en curso se presentó al Congreso un proyecto de ley para despenalizar el aborto bajo ciertas circunstancias y requisitos, actualmente se encuentra en la Comisión de Salud, esperando que su tramitación ayude a poner el tema en la palestra y con ello manteniendo el debate, debate que sin duda ayuda a la convivencia y progreso de una sociedad que muestra signos de madurez.
Fuentes:

Constitución Política de la República de Chile

Código Civil

Legislación Española

 Aborto Terapéutico,  consideraciones médicas, éticas, jurídicas y del magisterio de la Iglesia Católica: http://www.iglesia.cl/portal_recursos/documentos/20090422_abortoterapeutico.pdf

La interrupción del embarazo antes de las doce semanas (Jorge Carpizo) http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2841/4.pdf


El Nasciturus (Mario Vargas Llosa) http://www.bauleros.org/vargas.html

8 comentarios:

  1. El artículoaporta datos y citas relevantes para cualquier discusión medianamente seria sobre el aborto, no así sobre la protección a la infancia; hay una laguna ahí, si se compara con la info de la segunda parte. No comenta nada sobre el crimen del violador (nadie lo está haciendo además). Destaco el interés por considerar los dos aspectos de la polémica y la seriedad para abordarlos, si bien con más rigor en uno que en otro.

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  2. Desde ya, es una molestia que se tome el caso de esta menor para abogar en contra o a favor del aborto terapéutico y la situación particular queda en un plano menor. Y ya basta de hipocresías: cuando una niña de familia acomodada queda embarazada antes de su mayoría edad, se la hace pasar a Clínicas privadas bajo el eufemismo de la "apendicitis" o, derechamente, se la lleva a otro país donde sí se practica el aborto en condiciones más abiertas.

    ¿Mi opinión? Sin duda, permitirse el aborto terapéutico en los casos extremos señalados...y además, el aborto por decisión de la mujer involucrada hasta cierto período de gestación como ocurre en otras sociedades. Lo que no entienden los dogmáticos es que, si ellos tienen una fe o convicciones tan fuertes, nadie les obligará a abortar.

    Buen artículo...saludos.

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  3. Es un tema complejo desde distintas aristas y por lo mismo es imperioso que se debata en distintos espacios: La familia, los medios de comunicación, la escuela y por cierto en el parlamento. Es impresentable que los legisladores se nieguen a siquiera debatirlo.
    El artículo me parece una excelente aproximación al tema desde el punto de vista jurídico apuntando a la viabilidad legal de la interrupción del embarazo bajo ciertos parámetros. Es el punto inicial para acercarnos a un intrincado tema donde en esta ocasión lo hemos aterrizado con el espantoso caso de Belén.
    Sigue la responsabilidad parental ( en este caso de la madre) la responsabilidad penal del violador y la forma en que se discute el tema. Quienes afirman que " ella sabía lo que hacía" están nuevamente hiriendo a Belén y con ella a muchas niñas y mujeres que lamentablemente pasan por ese dolor.

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  4. resumo porque el anterior comentario fue borrado por algun ente censor:

    Yo estoy a favor de legalizar el aborto terapéutico lo cual implica determinar que métodos se usan, en que circunstancias se utiliza y en que condiciones debe hacerse y aprobar la píldora del día después. Estoy en contra del uso de metodos quirurgicos de aborto y de la penalizacion de la mujer.

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  5. Buen texto, aunque partió con fuerza relevando el tema del abuso y la desprotección infantil, queda al debe más información y propuestas al respecto. En cuanto al aborto soy firmemente partidario de una ley de aborto que incluya las 4 modalidades señalada en el artículo.

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  6. Deberíamos dejar de ser hipócritas, y legislar sobre el aborto, por lo menos las mujeres deberíamos tener la opción, y de una vez por todas las personas que opinan en contra deberían entender y aceptar que para NINGUNA mujer es fácil tomar una decisión de esta magnitud, estoy segura que para la mayoría de las mujeres pensar en un aborto no es un tema simple y no les gustaría encontrarse en esa posición.

    En el caso de las niñas violadas o violentadas, por favor, protegemos a la vida que está por nacer y pasamos por alto a la vida completamente sufrida de la madre?? si vamos a proteger la vida, protejamosla completa, eso incluye a todas las niñas a las que les ha sido robada su inocencia y que han tenido una vida rodeada de cuidadores negligentes.

    Gracias por el artículo, siempre es bueno discutir estos temas.

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  7. Agradezco todos los comentarios, pues reflejan opiniones que son necesarias para que este debate se mantenga en nuestra sociedad y se pueda llegar a legislar alguna vez.

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  8. Aborto sin apellidos... esa es mi opinión

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